La Justicia acaba de tumbar, por segunda vez consecutiva, el Plan de Formación de los empleados
municipales, gracias a un recurso de CCOO.
No es la primera vez que los juzgados de lo contencioso administrativo echan abajo un Plan Formativo del
Concello de Vigo. La primera vez se produjo en el año 2021, a través de una sentencia de fecha 30 de
Julio de 2021, emitida por el Juzgado de lo contencioso administrativo Nº 2 de Vigo. La segunda, por medio
de la reciente sentencia de 9 de marzo de 2023, emitida por el mismo Juzgado.
Los motivos de la anulación, en esencia, vienen a ser los mismos: un quebranto del principio de la
negociación colectiva por no haberse elaborado el Plan Formativo de los empleados municipales a través
del órgano que tiene legalmente encomendadas estas funciones: La Comisión Paritaria de Formación.
En esta ocasión, difícilmente podrán alegar, las personas responsables de haber dado aprobación al Plan
Formativo de 2022, que no fuesen conocedores de la ilegalidad que cometían. Porque había una sentencia
precedente que ya ponía los puntos sobre las íes, que ya decía bien claro cómo tenía que elaborarse el
Plan Formativo y en donde también se advertía que, antes de que la Comisión Paritaria de Formación
adoptase cualquier decisión de carácter formativo, tenía que aprobar sus propias normas de
funcionamiento.
Las irregularidades expuestas en aquella primera sentencia fueron expresamente advertidas, in voce, por
un delegado de CCOO en el propio acto de celebración de la Comisión Paritaria donde se votó a favor un
Plan Formativo elaborado a espaldas suya. (con el voto en contra de CCOO, huelga decir).
Ya no hay margen para las excusas. Los responsables de la aprobación de este segundo Plan formativo
eran perfectamente conocedores de las irregularidades en las que estaba incurso porque son las mismas
que ya había detectado, un año antes, el Juzgado de lo contencioso administrativo en el Plan formativo de
- Y, a pesar de ello, prosiguieron adelante.
Así lo razona expresamente la sentencia de 9 de marzo de 2023 cuando dice: <>.
Como destacan ambas sentencias, lejos de que los Planes Formativos del Concello sean diseñados por la
Comisión paritaria de Formación, que es el órgano competente, la realidad es otra bien distinta: están
siendo elaborados, hasta el último grado de detalle, por técnicos del departamento de Recursos humanos,
arrogándose una competencia que reside, única y exclusivamente, en dicha Comisión Paritaria. Todo lo cual supone una manifiesta infracción del Convenio Colectivo vigente, así como de la obligación legal de respectar el cauce de la negociación colectiva en el diseño de todas las actividades formativas. Dados los antecedentes judiciales expuestos, da la impresión que a alguien no le interesa que se produzca la debida participación sindical en el diseño de los planes de formación, o, cuando menos, que ésta quede reconducida a un mero trámite formal. Pero lo más triste, lo más vergonzoso del caso, es que esta actuación ilegal haya sido sacada adelante con el voto a favor de otros dos sindicatos autodenominados <>. Así y mientras unos nos batimos el cobre, invirtiendo tiempo y recursos económicos en defender, antes las instancias judiciales, los derechos colectivos de los empleados y empleadas públicos, otros reman en sentido contrario, por razones nada explícitas que ellos sabrán, ofreciéndole con ello, a la Concejalía delegada de gestión municipal, un injustificable balón de oxígeno en la ejecución de unas políticas internas basadas en el desprecio hacia los legítimos representantes de los trabajadores. Y, mientras tanto, y de cara a la galería, esos mismos sindicatos cómplices son los que cacarean consignas con un megáfono, en pleno año de campaña electoral sindical, contra la degradación y la privatización de los servicios públicos. Desde CCOO mostramos públicamente nuestra más enérgica repulsa ante lo ha sido una intolerable falta de respeto a la legalidad aplicable, a las sentencias judiciales firmes, a los derechos estatutarios de los empleados/as públicos y a los Convenios colectivos vigentes. Por ello, los servicios jurídicos de CCOO están ya analizando la trascendencia jurídica que podría tener esta segunda sentencia en orden a una eventual depuración de responsabilidades personales ante el orden jurisdiccional penal.
