Vigo, Galicia
General Otras

¿El fin del spam telefónico?

El Spam telefónico se va a acabar por fin. Otra vez. El Gobierno vuelve a anunciar una norma que va a prohibir por completo llamadas telefónicas comerciales que sufrimos a diario los consumidores. El problema es que el triunfalismo puede derivar en malos resultados.

Esta norma del Ministerio de Transformación Digital es muy positiva porque va a obligar a las compañías de telecomunicaciones a bloquear llamadas de empresas que se dediquen a spamear a la gente. Llamadas que muchas veces se producen desde el extranjero y, además, falsificando el número de teléfono desde el que llaman. El que nos aparece en pantalla no tiene nada que ver con el número internacional desde el que realmente nos llaman.

Es una medida muy positiva, es un avance muy importante, pero no es el final de los finales. Este Gobierno ya ha llevado a cabo sucesivas actuaciones en relación a este fraude masivo que sufrimos los consumidores. Hay que recordar que el primer Gobierno de Pedro Sánchez ya prohibió las visitas a puerta fría. Esas donde los comerciales de las energéticas venían a estafarnos a la puerta de nuestra casa. Después se prohibió por completo en junio de 2024 las llamadas comerciales no pedidas expresamente, pero se han seguido produciendo tanto o más como se producían con anterioridad.

El nuevo paso que se da puede ser decisivo. Puede representar una reducción enorme en cuanto a las llamadas molestas, pero siempre habrá timadores que encuentren los resquicios para colarse. Por eso es necesario dar otro paso más. El que venimos reivindicando desde hace muchísimo tiempo desde FACUA y que parece que las administraciones no acaban de atender.

Estamos pidiendo al ministerio de Consumo que ponga en marcha un protocolo regulatorio por el cual, si yo acabo recibiendo una llamada spam y contrato el servicio, la empresa que a fin de cuentas se va a beneficiar de esa llamada comercial fraudulenta tenga que comprobar que la grabación de la llamada donde yo acepto el contrato indique que efectivamente he hecho yo la llamada pidiendo el servicio o solicité expresamente que me llamaran. Si es grabación no incluye esa afirmación del usuario, el contrato no sería valido y la empresa tendría que rechazarlo. Si lo acepta, estaría cometiendo un fraude que debería ser una infracción en la normativa de consumo.

Una infracción que derivaría en multa si se detecta, y que hay que acompañar de otra medida fundamental. La obligación de que la empresa beneficiaria del fraude notifique al usuario cuando procesa el alta donde le recuerde que si la llamada en la que le hicieron la oferta no fue solicitada expresamente por él, tendría derecho a una indemnización económica porque fue una llamada spam.

Esa sería la clave. Si yo como cliente, que he aceptado unas condiciones que incluso podrían ser reales y no un fraude, sé que tengo derecho a una indemnización por la mera cuestión de que no pedí esa llamada, seguro que le voy a decir a la empresa que quiero esos 50 euros.

Las medidas que pedimos al ministerio de Consumo son básicamente tres. Primero que todas las empresas beneficiarias de altas telefónicas tengan que garantizar que en la grabación de la llamada el usuario no solo acepta unas condiciones concretas del servicio, sino que además indica que ha realizado él la llamada o que pidió expresamente que se la hicieran. Si eso no aparece en la grabación, el contrato no sería válido. La empresa que lo procese estaría incurriendo en una infracción sancionable. La cosa es pillar la infracción.

¿Cómo ser haría? Pues por un protocolo por el cual debería recibir siempre un correo electrónico de la compañía dándole la bienvenida, indicándole el proceso de sus datos y la información de que si hubo una llamada comercial de por medio que él no había solicitado expresamente, tendría derecho a una indemnización económica de 50 euros, que es la cantidad que nosotros estamos planteando.

Es decir, no solamente la empresa habría cometido una práctica fraudulenta al haber admitido un contrato inválido, sino que el usuario tendría un derecho esencial, un derecho que podría provocar que en muchísimos casos se detectara la práctica ilícita y que el consumidor se viese resarcido del perjuicio provocado. Perjuicio que puede representar, por ejemplo, que la oferta que le hicieron por teléfono no sea realmente la que al final procesa la compañía, porque esto es lo que suele ocurrir con las llamadas spam. Nos ofertan algo que luego no se atiene a la realidad.


Esa es la cuestión, hay que coordinar actuaciones entre distintos ministerios. Cada cuál tiene potestad para llevar a cabo una serie de modificaciones legales que intenten atajar el spam, pero entre todos seguramente puedan montar un mix de medidas que nos protejan realmente. El fin del spam telefónico puede que este cerca, pero hace falta llevar a cabo la última de las medidas. Una especialmente importante en la que el ministerio de Consumo tiene la palabra.

Deja una respuesta

Hide picture